Desde este 1 de octubre, todos los menores de edad de estatura igual o inferior a 135 cm que se desplacen en vehículo, además de viajar con el sistema de retención infantil adecuado a su talla y peso como la norma exige, deberán ir sentados obligatoriamente en los asientos traseros de los vehículos. Os contamos las tres excepciones y por qué se ha implantado esta norma.

Todos los menores que midan 135 cm o menos deberán ir en los asientos traseros del vehículo excepto:

– Cuando el vehículo no disponga de asientos traseros.

-Cuando todos los asientos traseros estén ya ocupados por otros menores de las mismas características.

-Cuando no sea posible instalar en dichos asientos traseros todos los sistemas de retención infantil.

Sólo en estos casos, los menores podrán ocupar el asiento delantero del vehículo, pero siempre utilizando el sistema de retención homologado a su talla y peso.

Este nuevo precepto está recogido en la modificación del art. 117 del Reglamento General de Circulación (cinturones de seguridad u otros sistemas de retención infantil homologados), realizado mediante Real Decreto 667/2015 de 17 de julio  (BOE de 18 de julio de 2015)

Este artículo dispone, además, que los sistemas de retención infantil se instalarán en el vehículo siempre de acuerdo con las instrucciones que haya facilitado su fabricante, instrucciones en las que se indicará de qué forma y en qué tipo de vehículos se pueden utilizar de forma segura. Con esta modificación se traspone la Directiva Comunitaria 2014/37/UE relativa al uso obligatorio de cinturones de seguridad y dispositivos de retención para niños en los vehículos.

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¿POR QUÉ EN LOS ASIENTOS TRASEROS?

Desde la Dirección General de Tráfico (DGT) indican que esta modificación de la norma obedece también a la necesidad de plasmar en nuestro ordenamiento jurídico las evidencias científicas de numerosos estudios en los que demuestran el beneficio de que los niños viajen en los asientos traseros de los vehículos para así reforzar su protección. Por ejemplo, un estudio realizado en Estados Unidos con 5.751 menores de 15 años ocupantes de vehículos que habían sufrido un accidente grave de tráfico demostró que el hecho de estar sentado en el asiento de atrás tuvo un efecto protector, respecto a lesión grave o muerte.

Por otro lado, el estudio “Rear seat safer: seating position, restraint use and injuries in children in traffic crashes in Victoria, Australia”  concluye que el riesgo de muerte en menores de 4 años que viajaban en un coche accidentado era el doble si lo hacían en el asiento de delante y 4 veces más si se trataba de menores de 1 año.

Y es que no solo el riesgo general de lesión es mayor en los asientos delanteros, sino también la gravedad de las lesiones como se analiza en un estudio realizado por la institución CIREN (Crash Injury Research Engineering Network).

 

¿CÓMO DEBEMOS LLEVAR AL MENOR?

Desde Tráfico insisten en que nunca debemos llevar al niño en brazos ni utilizar el mismo cinturón de seguridad que el adulto para protegerle. Desde la Fundación de Apoyo a Víctimas de Accidentes FUNDTRAFIC destacan aquellos casos en que se traslada a los bebés recién nacidos. ‘Salimos del hospital y muchas veces transportamos a los bebé de manera inadecuada. Sin el correspondiente sistema de retención infantil, sillita en la que debe ir desde el momento de su nacimiento’, remarca Francisco Canes, presidente de FUNDTRAFIC.

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Cuando pongamos la sillita debemos asegurarnos de que está bien instalada. No debe moverse. La mejor opción es el anclaje mediante el sistema Isofix. Procura, además, que la cabeza del niño nunca se asome por encima del respaldo de la sillita. Si esto ocurre es necesario cambiarla por otra del grupo superior.

En caso de que el menor tenga que viajar en el asiento delantero, porque se dan alguna de las tres excepciones anteriormente comentadas, si el vehículo dispone de airbag frontal, únicamente podrán utilizar sistemas de retención orientados hacia atrás si el airbag ha sido desactivado.

Por último, se recomienda seguir utilizando el sistema de retención infantil homologado a su peso y talla hasta que el menor alcance los 150 cm. Con más altura deberá usar el cinturón de seguridad del vehículo.